AYUDA EMPRESAS FASE 1 – DESESCALADA COVID 19

Desde Asesoria Dcmayer queremos hacerles llegar un resumen de la FASE 1 para deferentes sectores de actividad.

CONDICIONES PARA LA CIRCULACIÓN DE PERSONAS Y LA APERTURA AL PÚBICO DE ESTABLECIMIENTOS COMERCIALES, TURÍSTICOS Y DE SERVICIOS DURANTE FASE 1:

 

Orden SND/399/2020, de 9 de mayo

 

FASE 1: Del 11 al 24 de mayo (como mínimo)

 

1.-LIBERTAD DE CIRCULACIÓN:

  • Se podrá circular por la provincia o unidad territorial, cumpliendo con las medidas de seguridad e higiene establecidas por las autoridades sanitarias.
  • Excepcionalmente se podrá circular por otras provincias o unidades territoriales, solo si se justifica el desplazamiento por motivos sanitarios, laborales, profesionales o empresariales, de retorno al lugar de residencia familiar, asistencia y cuidado de mayores, dependiente o persona con discapacidad, causa de fuerza mayor o situación de necesidad o cualquier otra de análoga naturaleza.

 

2-MEDIDAS DE HIGIENE Y PREVENCIÓN APLICABLES A TODOS LOS CENTROS DE TRABAJO:

  • Medidas de seguridad e higiene para trabajadores
    • Trabajadores formados e informados (le recomendamos que se ponga en contacto con el Servicio de Prevención que tiene contratado su empresa para cumplir con esta obligación).
    • Disponer de geles hidroalcohólicos o agua y jabón para la limpieza de manos.
    • La disposición de puestos de trabajo, turnos y otras condiciones se modificará para garantizar la distancia de seguridad interpersonal mínima de dos metros.
    • Equipos de protección individual (mascarillas, etc.) si no se puede garantizar la distancia de 2 metros.

 

  • Medidas para prevenir la coincidencia masiva de persona en el ámbito laboral (por ejemplo, sistemas de cita previa, etc.)

 

  • Medidas de higiene del establecimiento:
    • En especial, zonas de uso común y superficies de contacto más frecuentes (pomos de puertas, mesas, muebles, pasamanos, suelos, teléfonos, perchas, etc.). También zonas privadas como vestuarios, taquillas, aseos, cocinas y áreas de descanso.
    • Lejía diluida 1:50 u otros desinfectantes.
    • Tras cada limpieza, los materiales utilizados (guantes, mascarillas, etc.) se desecharán de forma segunda, procediéndose posteriormente al lavado de manos.
    • Cuando existan puestos compartidos por más de un trabajador, se realizará la limpieza y desinfección del puesto tras la financiación de cada uso.
    • Lavado de ropa de trabajo entre 60º y 90º.
    • Disponer de papeleras, a ser posible con tapa y pedal. Deberán ser limpiadas de forma frecuente, mínimo una vez al día.
    • Ventilación periódica de instalaciones (Como mínimo 1 vez al día 5 minutos).
    • Ocupación máxima aseo para clientes 1 persona.
    • Limpieza y desinfección de los aseos mínimo 6 veces al día.
    • Se fomentará el pago con tarjeta. Limpieza de datáfono tras cada uso.
    • Limpieza del TPV tras cada uso si el empelado que lo utiliza no es siempre el mismo.

 

 

3.-COMERCIOS, PELUQUERIAS Y SERVICIOS EN GENERAL OBLIGADOS A CERRAR DURANTE EL ESTADO DE ALARMA:

  • REAPERTURA DE LOCALES
    • Superficie inferior a 400 metros cuadrados.
    • Aforo reducido al 30%. ( SE PUEDE ATENDER SIN CITA PREVIA Y TENER HASTA UN 30% DE AFORO OCUPADO DENTRO DEL LOCAL )
    • Horario de atención con servicio prioritario para mayores de 65 años.
    • Apertura con cita previa para: concesionarios de vehículos e ITV.
    • Apertura de entidades concesionarias de juego público de ámbito estatal.
    • Se podrá realizar:
      • Reparto a domicilio
      • Recogida en tienda de productos comprados por teléfono u online
    • Los Ayuntamientos podrán autorizar la apertura de mercadillos, dando preferencia a productos alimentarios de primera necesidad.

 

 

  • MEDIDAS DE HIGIENE EN LOS ESTABLECIMIENTOS ABIERTOS AL PÚBLICO:
    • Limpieza y desinfección, al menos dos veces al día, de las instalaciones (una de ellas obligatoria al final del día).
    • Limpieza y desinfección de los puestos de trabajo en cada cambio de turno, con especial atención a mostradores y mesas, mamparas, teclados, TPV, pantallas táctiles, herramientas de trabajo, etc.
    • No se utilizarán aseos por parte de los clientes, salvo en caso estrictamente necesario. En este último caso, se procederá de inmediato a la limpieza.

 

  • MEDIDAS DE PREVENCIÓN DE RIESGOS PARA EL PERSONAL:
    • Distancia entre vendedor y cliente, mínima de 1 metros con elementos de protección o de dos metros sin protección.
    • Para servicios en que no se puedan mantener las distancias (peluquería, estética, fisios, etc.), utilizar equipos de protección.
    • Distancia entre clientes: mínimo 2 metros.

 

  • MEDIDAS DE PROTECCIÓN E HIGIENE APLICABLES A LOS CLIENTES:
    • Utilizar el tiempo de permanencia en los locales que sea estrictamente necesario.
    • Distancia mínima de dos metros entre clientes (señalada con marcas en el suelo o carteles).
    • Un mismo empleado no puede atender a dos clientes a la vez.
    • Dispensadores de geles hidroalcohólicos a la entrada del local.
    • Prohibido el autoservicio: habrá un trabajador del establecimiento con el fin de evitar la manipulación directa de los productos por parte de los clientes.
    • No se pondrá a disposición del cliente productos de prueba no destinados a la venta (como cosméticos o perfumería).

 

  • MEDIDAS EN MATERIA DE AFORO:
    • Deberán exponer al público el aforo máximo.
    • Establecer sistemas que permitan el recuento y control de aforo.
    • La circulación de personas y distribución de espacios deberán modificarse, cuando sea necesario, con el objetivo de garantizar las distancias.

 

 

4.-REAPERTURA AL PÚBLICO DE TERRAZAS DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN:

  • REAPETURA DE TERRAZAS AL AIRE LIBRE:
    • ¿Qué se entiende por terraza al aire libre? Todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.
    • Limitándose al 50% de las mesas permitidas en el año inmediatamente anterior en base a la correspondiente licencia municipal.
    • Se puede solicitar al Ayuntamiento incrementar la superficie destinada a la terraza y, con ello, incrementar el número de mesas de forma proporcional.
    • En todo caso, deberá asegurarse que se mantiene la distancia de dos metros entre mesas o agrupaciones de mesas.
    • Ocupación máxima por mesa o agrupación de mesas: 10 personas. Pero respetando la distancia interpersonal de dos metros entre cada cliente.

 

  • MEDIDAS DE HIGIENE Y/O PREVENCIÓN:
    • Limpieza y desinfección entre un cliente y otros (mesas, sillas, resto).
    • Mantelerías de un solo uso. Si no fuera posible, mantel de tela con lavado de entre 60º y 90º.
    • Dispensadores de geles hidroalcohólicos a disposición del cliente.
    • Evitar el uso de cartas de uso común, optando por dispositivos electrónicos propios, pizarras, carteles o similares.
    • Los elementos auxiliares como vajilla, cristalería, cubertería o mantelería, entre otros, se almacenarán en recintos cerrados y, si esto no fuera posible, lejos de zonas de paso de clientes y trabajadores.
    • Se eliminarán productos de autoservicio como servilleteros, palilleros, vinagreras, aceiteras y similares, priorizando monodosis desechables o su servicio bajo petición del cliente.
    • Uso de aseos para clientes permitido. Aforo máximo de una persona. Limpieza seis veces al día.

 

 

 

5.-APERTURA AL PÚBLICO DE HOTELES Y ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS

  • APERTURA:
    • A los servicios de restauración y cafeterías se les aplicará lo previsto para reapertura de terrazas en establecimientos de hostelería y restauración. Estos servicios no se prestarán en zonas comunes, que permanecerán cerradas.
    • No está permitida la utilización de piscinas, spas, gimnasio, zonas infantiles, salones de eventos, etc.
    • Uso de aseos para clientes permitido. Aforo máximo de una persona. Limpieza seis veces al día.
    • Las zonas que no estén en uso deberán contar con clara identificación de acceso restringido.

 

  • MEDIDAS DE HIGIENE Y/O PREVENCIÓN EXIGIBLES
    • Deberán existir carteles informativos de las condiciones restrictivas del uso de instalaciones y las normas de higiene para prevenir contagios.
    • En la recepción se deberá garantizar la separación de dos metros entre trabajadores y con los clientes. Cuando no se pueda mantener la distancia se utilizarán equipos de protección individual.
    • Si se prevén aglomeraciones de clientes o colas puntuales se marcarán en el suelo los espacios de manera que se respecte la distancia de seguridad.
    • Desinfección de objetos tras su manipulación por el cliente o entre trabajadores
    • Para las unidades de alojamiento, se dispondrá un procedimiento documentado de limpieza.
    • Se limpiarán y desinfectarán al menos cada dos horas todos los objetos y superficies de las zonas de paso susceptibles de ser manipuladas por personas, como botonera de ascensores o máquinas, pasamanos de escaleras, tiradores de puertas, timbres, grifos, etc.

 

  • MEDIDAS DE HIGIENE Y/O PREVENCIÓN PARA LOS CLIENTES
    • Se garantizará que el cliente conoce, antes de la confirmación de la reserva y durante su estancia en el alojamiento, las normas especiales que regirán en el establecimiento.
    • Geles hidroalcohólicos a disposición de los clientes.

 

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