NUEVAS AYUDAS PARA SEPTIEMBRE 2023 – AHORRA EN TUS NUEVAS CONTRATACIONES DE TRABAJADORES ASALARIADOS (RD LEY 1/2023)
Desde ASESORIA DCMAYER , pasamos a detallarles las nuevas AYUDAS A EMPRESAS para contratación de trabajadores asalariados que
Según el Real Decreto- Ley 1/2023 que establece el nuevo sistema de incentivos a la contratación, las personas destinatarias de la contratación laboral son las consideradas más vulnerables.
¿Qué requisitos deben cumplirse para acceder a los incentivos a la contratación?
Para poder ser beneficiario de las bonificaciones e incentivos en la contratación las empresas o beneficiarios se han establecido nuevas condiciones, especialmente vinculadas al mantenimiento de empleo. Será obligado cumplir los siguientes requisitos:
- Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias.
- Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones con la Seguridad Social.
- No haber sido inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas públicas y para gozar de beneficios e incentivos fiscales o de la Seguridad Social.
- No haber sido excluido de acceso a ayudas, subvenciones, bonificaciones por la comisión de infracciones graves o muy graves establecidas en la LISOS (Ley de Infracciones y Sanciones en el orden Social).
- Contar con un Plan de Igualdad para las empresas de más de 50 personas trabajadoras.
- Mantener a la persona destinataria del incentivo al menos tres años des de la fecha de inicio del contrato o transformación. A efectos de medir el mantenimiento de empleo no se tendrían en cuenta las extinciones por causas objetivas, despidos disciplinarios no declarados o reconocidos improcedentes, despidos colectivos, dimisión, jubilación, muerte, incapacidad, resolución del período de prueba, expiración del contrato de formativo, fin de llamamiento del contrato fijo discontinuo y contratos de discapacitados de centros especiales que pasen a ser contratadas por una empresa. En caso de que se incumpla el mantenimiento de empleo, la empresa deberá devolver todos los beneficios aplicados en las cuotas, con recargo e intereses de demora.
Los beneficios e incentivos a la contratación no se podrán aplicar en los siguientes supuestos:
- Relaciones laborales de carácter especial.
- Contrataciones que afecten a cónyuge, ascendientes, descendiente y demás parientes hasta segundo grado del empresario o de quienes tengan el control de la sociedad.
- Contrataciones con personas que en los doce meses anteriores hubieran prestado servicio en la misma empresa mediante contrato indefinido o en los últimos seis meses en caso de ser con contrato temporal.
- Personas que hayan causado baja con un contrato indefinido en un plazo de tres meses previos a la contratación bonificada.
- Los empleadores que hayan realizado despidos reconocidos o declarados improcedentes o por despido colectivo contratos incentivados quedarán excluidos. durante doce meses.
- Las contrataciones a tiempo parcial con jornada inferior al 50%.
- Las empresas que trasladen su actividad a países que no formen parte de la Unión Europea deberán devolver las bonificaciones.
Bonificaciones a la contratación a partir del 01/09/2023. ¿Qué tipos de bonificaciones hay?
-Cuadro resumen bonificaciones a la contratación indefinida
Personas con capacidad intelectual límite | 128 euros / mes | 4 años |
Readmisión tras haber cesado en la empresa por incapacidad permanente total o absoluta, o por invalidez permanente | 138 euros / mes | 2 años |
Víctimas de violencia de género, de violencias sexuales y de trata de seres humanos | 128 euros / mes | 4 años |
Personas en riesgo de exclusión social
En general Primer contrato en los 12 primeros meses tras la finalización de un contrato con una empresa de inserción |
128 euros / mes
147 euros / mes |
4 años
Primeros 12 meses (128 euros/mes los 3 años restantes). |
Parados de larga duración
En general (inscritos como demandantes de empleo al menos 12 meses en los 18 anteriores) En el caso de mujeres o mayores de 45 años. |
110 euros / mes
128 euros / mes |
3 años
3 años |
Víctimas del terrorismo | 128 euros / mes | 4 años |
Menores de 30 años con baja cualificación beneficiarios del sistema nacional de garantía juvenil | 275 euros / mes | 3 años (aplicable el primer año de vigencia del contrato y supeditada a fondos). |
Cuadro resumen bonificaciones a la contratación temporal
Cuando se contrate a una persona discapacitada desempleada para sustituir a otra persona discapacitada en incapacidad temporal | 366 euros / mes |
Menor de 30 años en desempleo para sustituir a una persona de baja por:
|
366 euros / mes por la persona sustituida y sustituta |
Para sustituir autónomos de baja por:
*La redacción de la norma suscita dudas de si el sustituto deber ser también menor de 30 años. |
366 euros |
Cuadro resumen bonificaciones en favor de las medidas de conciliación
Cotización de las personas trabajadoras, socios trabajadores o socios de trabajo de las sociedades cooperativas sustituidas durante las situaciones de: |
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366 euros /mes |
Cambio de puesto a una persona por riesgo en el embarazo o la lactancia, o para adaptar su trabajo a una enfermedad profesional. | 138 euros /mes |
Cuadro resumen bonificaciones CONTRATOS FORMATIVOS ALTERNANCIA
En las cuotas de la persona trabajadora a la Seguridad Social y por los conceptos de recaudación conjunta | 28 euros/mes | Durante toda la duración (incluidas prórrogas). |
Costes derivados de tutorización de las personas trabajadoras | 1,5 euros (2 euros en empresas de menos de 50 trabajadores) por alumno/hora de tutoría. | Máximo 40 hs/ mes y alumno. |
Costes de la formación recibida | Multiplicar el módulo económico establecido por un número de horas equivalente al 35 % de la jornada durante el primer año del contrato, y el 15 % de la jornada el segundo. | Con personas beneficiarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil: multiplicar el correspondiente módulo económico por un número de horas equivalente al 50 % de la jornada durante el primer año del contrato, y del 25 % de la jornada el segundo. |
Cuadro resumen bonificaciones para la transformación en indefinidos de contratos formativos y de relevo
Contratos formativos (a la finalización de su duración inicial o prorrogada) | En general | 128 euros / mes | 3 años |
Relevo | Mujeres
En general Mujeres |
147 euros / mes
55 euros / mes 73 euros / mes |
3 años |
Incorporación como persona socia en la cooperativa o sociedad laboral de personas que realizan formación práctica en empresas | En general | 55 euros / mes | 3 años |
Personas desempleadas que pasen a ser socias | En general | 138 euros / mes | 3 años |
Cuadro resumen bonificaciones en la contratación de sectores específicos o especiales
Personas desempleadas que pasen a ser socias trabajadoras o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales | En general | 73 euros / mes | 3 años |
Menores de 30 años o menores de 35 años con discapacidad de al menos el 33% | 147 euros / mes | El primer año (73 euros/mes durante los dos años restantes). | |
Contratos predoctorales para personal investigador | 115 euros / mes | Durante toda la duración. | |
Agricultura: transformación de contratos temporales en el contrato por tiempo indefinido | En general
Mujeres |
55 euros / mes
73 euros / mes |
3 años |
Prolongación del periodo de actividad de las personas trabajadoras con contratos fijos-discontinuos | Contratos fijos-discontinuos en los sectores de turismo y comercio y hostelería vinculados a la actividad turística. | 262 euros / mes | En los meses de febrero, marzo y noviembre de cada año. |