Facturar sin ser autónomo
Estimados lectores, hoy desde https://www.dcmayer.com queremos informar a todos los emprendedores de un tema muy interesante pero que a la vez debe hacerse con mucho control y es que hoy afirmaremos que se puede facturar sin ser autónomo, es decir, sin estar dado de alta y cotizando como autónomo.
Dicho así parece imposible pero si que es cierto que es la EXCEPCIÓN a la regla general. Ya sabemos que cuando nos damos de alta en Hacienda el siguiente paso a dar es el ALTA de autónomo, pues bien, la legislación establece mediante la jurisprudencia asentada en esta materia que se considera obligado a cotizar en el régimen especial de autónomos aquellos que de forma habitual , personal y directa realizan una actividad económica a titulo lucrativo y que ponga sus propios medios de producción humanos y materiales siendo el responsable y asumiendo el riesgo y ventura de la actividad.
Por tanto si analizamos el párrafo anterior podemos decir que la actividad encuadrada en el autónomo es o debe ser :
- Continuada en el tiempo: por ello se excluyen las actividades esporádicas en el tiempo.
- Que sea a titulo lucrativo: por ello debe superar la ganancia de la actividad el SMI ( salario mínimo interprofesional ) en computo mensual si es continuo o anual si es un servicio esporádico.
- Debe ser el trabajador el que asuma el riesgo y ventura de la actividad y suponer su medio fundamental de vida.
- El SMI para el 2017 está fijado en 707,25€/mes
Sabiendo los tres pilares básicos para considerarse obligados a cotizar como autónomos voy a poner un ejemplo, de un asalariado en una empresa que trabaja a tiempo completo para la misma de recepcionista pero fuera de su puesto de trabajo realiza de forma esporádica pólizas de seguros a clientes por la cual cosa emite facturas y cobra comisiones de las compañías de seguros. En este caso se podría demostrar sin ningún tipo de problema que NO es habitual , que NO es su medio fundamental de vida y que mientras que no supere el SMI en computo anual este señor no tendrá la obligación de darse de alta como autónomo y de esta manera ahorrarse 267€/mes por ello.
Ojo , recordar que el hecho de no cotizar como autónomo no implica ni mucho menos no tener obligación de cara a Hacienda ( censo, impuestos, renta, etc.. )
Desde ASESORÍA DCMAYER recomendamos a todos los emprendedores que nos vengan a ver o contacten con nosotros vía e-mail o web para establecer un estudio personalizado de cada caso siendo esto esencial para no cometer ningún error al respecto de lo explicado en el presente articulo.
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