ASESORAMIENTO FISCAL EN OPERACIONES INTRACOMUNITARIAS

Cuando un empresario o profesional adquiera bienes o servicios de países estados miembros de la Unión Europea, recibirá una factura sin IVA. Este IVA deberá de autoliquidarlo, es decir, autorrepercutirselo para posteriormente deducírtelo. Técnicamente se denomina “inversión del sujeto pasivo por adquisición intracomunitarias de bienes”. En sus declaraciones de IVA, reflejará el importe que se ha devengado  en una casilla especial para esta situación, “adquisición intracomunitarias de bienes”

El anterior ejemplo sería la operación intracomunitaria estándar, no obstante, en las relaciones comerciales intracomunitarias hay mucha diversidad de supuestos concretos como : operaciones triangulares, depósitos francos, recargos equivalencias e inversiones de sujetos pasivos, etc..

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DCMayer: expertos en Asesoramiento fiscal en operaciones intracomunitarias en Tarragona