AYUDA EMPRESAS CORONAVIRUS

Resumen de las nuevas ayudas autónomos COVID en febrero 2021

Desde Asesoria Dcmayer os hacemos llegar el resumen de las nuevas ayudas para autónomos aplicables a partir del 01/02/2021 R.D.L. 2/2021 (BOE 27/01/2021)

El artículo 5 del R.D.L. 2/2021 regula la prestación extraordinaria por cese de actividad como medida de apoyo a los trabajadores autónomos.No se prorrogan las prestaciones percibidas por los trabajadores autónomos de forma automática exceptuando aquellas prestación por SUSPENSION DE LA ACTIVIDAD ( a día de hoy en Catalunya los gimnasios )

En su lugar, se publican nuevas prestaciones que básicamente se resumen en :

 

  1. Se regula una prestación extraordinaria por cese de actividad compatible con el trabajo por cuenta propia del art 7, en relación al art 327 LGSS, es decir, que se exigen un mínimo de doce meses dado de alta de forma ininterrumpida como autónomo y previos a la solicitud, por otra parte, se exigen:

 

  • Se exige que la facturación bruta de los meses del 01/01/2021 a 30/06/2021 sean 50% inferiores o más que los obtenidos en el periodo de 01/07/2019 a 31/12/2019.
  • Que el rendimiento neto computable del 01/01/2021 a 30/06/2021 sea inferior a 980,00€.

 

  1. Se prorroga la prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores autónomos afectados por una suspensión temporal de toda la actividad como consecuencia de resolución de la autoridad competente como medida de contención de la propagación del virus COVID-19 (art. 13.1 Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre).

 

  1. Se introduce la posibilidad de acceder a una prestación extraordinaria de cese de actividad a aquellos trabajadores autónomos que no siendo afectado por el cierre de su actividad ven reducido sus ingresos y no tienen acceso a la prestación de cese de actividad (art. 7 o arts. 327 y ss LGSS), es decir, los que no entran en el punto 1 ni en el punto 2. Pero se les exigen los siguientes requisitos:

 

  • Un RENDIMIENTO NETO ACTIVIDAD 1ER SEMESTRE 2021 INFERIOR A 6.650,00€ ( a día de hoy previsto )
  • Se exige que la facturación bruta de los meses de enero a junio 2021 sea inferior a los obtenidos del 01/01/2020 a 31/03/2020 ( a día de hoy prevista )

 

  1. Se establece una prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada, entendiéndose como tales los que en cada uno de los años 2018 y 2019 hayan estado de alta mínimo de 4 maximo de 6 meses ( dos meses dentro del 1er semestre de cada anualidad ) , y que además los rendimientos netos del 01/01/2021 a 30/06/2021 no superen 6.650,00€ .

 

La cuantía de las prestaciones de los puntos 1 y 4 es del 70% de la media de las bases de cotización debiendo liquidar el recibo de autónomo procediendo a la devolución por parte de la mutua de este ultimo junto con la paga mensual.

 

La cuantía de las prestaciones de los punto s 2 y 3  es del 50% de la media de las bases de cotización no debiendo liquidar el recibo de autónomo.

 

Si deseas recibir más informacióny/o tramitar alguna de estas ayudas NO dudes en contactar al whatsapp 651179855 o email  info@dcmayer.com.